Se llaman delitos a los actos ilicitos de los que derivan obligaciones que se sancionan con una pena. Junto a los delitos publicos (crimina), que suponen atentados al orden publico y se castigan en la jurisdiccion criminal (quaestiones perpetuae), existen los delitos privados (delicta), que son objeto de acciones penales tramitadas en los juicios ordinarios, cuya finalidad es conseguir una condena pecuniaria.